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Gobierno hondureño se mantiene firme en visas del Saprissa
Ante los rumores que el gobierno de Honduras haría una excepción con el Deportivo Saprissa para que su delegación pueda jugar sin problemas el 25 de octubre ante Motagua en el repechaje de la Copa Centroamericana, se ha conocido que es una información incorrecta, ya que se mantiene en su status actual.
Ante esta incertidumbre, Diario Más contactó al vicecanciller Antonio García, quien fue claro y categórico: «No habrá excepciones a la visa para los jugadores del Saprissa», explicó.
Además dio más detalles del porqué no hay marcha atrás: «Veremos qué requisitos traen y hasta donde se les puede ayudar con algo de flexibilidad, pero la decisión de la Presidenta es sin excepciones», confió.
Saprissa tendrá una semana decisiva para solucionar el impasse de la documentación requerida, sino Concacaf deberá tomar alguna decisión para que el juego de ida de repechaje se lleve a cabo, ya que incluso el equipo local, Motagua está preocupado por el tema.
Los requisitos para poder entrar a Honduras ahora además de la visa son varios ya que deberán solicitar una cita en la embajada en San José y llevar una extensa lista de documentos:
,1.- Pasaporte vigente
2.- Certificación médica legalizada
3.- Carnet de Vacunación de Fiebre Amarilla y Covid 19
4.- Antecedentes policiales (seis meses de vigencia)
5.- Timbres exigidos por ley de Honduras
6.- Fotografía reciente de 6 x 5 centímetros
7.- Acreditación de medios de subsistencias (Constancias de Banco, sueldos último mes)
8.- Constancia de Interpol en caso de no tener denuncia o alerta.
9.- Constancia de auténtica del responsable en Honduras.
10.- Medios económicos de subsistencia en Honduras.
11.- Antecedentes policiales de seis meses de vigencia.
12.- El responsable en Honduras deberá presentarse a una entrevista a Migración.
13.- Acreditar motivo de viaje en forma documental.
14.- Constancia del Ministerio Público de Honduras, de no tener denuncia o proceso de investigación de solicitante extranjero y responsable de Honduras.
15.- Cualquier otra información que requiera la secretaría de Estado de Relaciones Exteriores o el Instituto Nacional de Migración para su más acertada decisión. (GG)