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La columna de Raúl Suazo: ¿Fue bien inscrito Tosello o Vázquez?, ¿qué pasó con el DT español?

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O TODOS EN LA CAMA O TODOS EN EL SUELO

Por: Raúl Suazo  

Desde ahora aclaro, que no sé qué papeles presentó el Profesor Antonio Hernández para acreditar su grado de instrucción y dirigir un equipo de Liga Nacional en el país (Real de Minas).

Los Estatutos de la Escuela Nacional de Entrenadores de Fútbol (ENEFUTH) pareciera no establecen con claridad la documentación que se debe acreditar para entrenar cada categoría.

El año pasado aún estando como miembro del Comité Académico de la ENEFUTH, con propiedad puedo asegurar hubo casos de entrenadores (extranjeros), que no cumpliendo exactamente los requisitos, se hicieron algunas excepciones, no previstas en los Estatutos.

Del primero de ellos solo oí rumores. Se decía que Danilo Tosello, sus papeles no lo avalaban para entrenar a Olimpia pero, lo cierto es que finalmente lo acreditaron. El segundo caso fue el de Diego Vásquez (Motagua), de quien se tenía serias dudas tuviera el cartón de Entrenador Nacional, obtenido en Argentina. En este caso pude ver el Expediente y en esos documentos claramente le expresaban que posteriormente en un tiempo prudencial, acreditara legalmente sus papeles para seguir entrenando. No encontré en dicho expediente que posteriormente haya acreditado su estatus como Entrenador. El tercer caso fue el del Entrenador del Real España (el anterior al actual), quien sus documentos no llenaban a satisfacción su condición de entrenador por haber sido expedido en una instancia que no correspondía. Igualmente la ENEFUTH lo habilitó provisionalmente para, en un plazo corto, completar y acreditar su condición como Entrenador. En este caso no sé si lo hizo pues yo renuncié al Comité Académico.

Escribo sobre esto porque creo la Ley debe ser aplicada igualitariamente y, porque, coincidentemente los tres casos permitidos son de tres de los equipos más importantes de la Liga Nacional, lo cual podría hacer parecer que la aplicación de la Ley esté parcializada, pues no hicieron lo mismo con el entrenador de un equipo chico.

Además, hay un hecho curioso en el ejercicio de entrenador de esos tres personajes. Los tres entrenadores fueron campeones de Liga y fueron exitosos, al grado que Tosello fue tri campeón con Olimpia, Vásquez se ha convertido en el entrenador que hizo que Motagua resurgiera y se colgara el cartón de ser uno de los 4 grandes y, el entrenador uruguayo, campeón del último campeonato con Real España; igual demostró ser capaz y conocer el oficio.

Con esos ejemplos, si fuese cierto no estaban bien acreditados, pareciera que los títulos que los acreditan como entrenadores, dado el éxito de los 3, no son importantes, son irrelevantes. Yo lo explico así: Soy egresado de una facultad y puedo garantizar que lo que aprendí en la U, casi no fue fundamental para ejercer mi profesión y que todo se basa en la experiencia y saber dónde y cómo buscar el marco referencial aplicable a la problemática jurídica planteada. Para mí, el mejor atributo de un entrenador de fútbol es utilizar su “Sentido Común” para saber cómo, cuándo y con quien va a lograr un determinado resultado que necesita durante un juego. También creo que un jugador, por muy bueno que haya sido, no le avala tal hecho para ejercer bien la profesión de entrenador.
Al margen de lo anteriormente escrito en los dos párrafos anteriores, el tema es porqué a unos sí y a otros no. Parecieran resoluciones que favorecen a equipos grandes y que para los equipos chicos, hay otra vara y, en este sentido, por eso intitulé este artículo “O todos en la cama o todos en el suelo”.

Yo no sé si manejo el documento oficial que regula a la ENEFUTH, pero en las versiones que leí, no encontré el fundamento legal que atribuye a la Escuela la validación de la documentación de un entrenador extranjero para entrenar a un equipo de Liga Nacional o selecciones nacionales; tampoco encontré qué requisitos exigir. Resulta un contrasentido que para evaluar la documentación y eficiencia de un entrenador extranjero a un equipo de Liga Nacional, la atribución se le confiera al Director de la Escuela, quien sus requisitos para ejercer dicho cargo no es el de ser Entrenador Nacional de Fútbol. En una de las versiones que leí como Estatutos de la Escuela, los requisitos para ser Director de la ENEFUTH era ser Entrenador Nacional con Licencia A. En otra versión de estos Estatutos, ese requisito dejó de existir para hacer prevalecer la condición de docente, no especificando si de fútbol o de matemáticas. Como antecedentes en este sentido, dirigieron la ENEFUTH Entrenadores Nacionales como Carlos Padilla Velásquez, Ricardo Taylor y el Profesor Nolasco, que sí eran entrenadores nacionales.

La Escuela de Entrenadores tiene lo necesario para cumplir sus expectativas e incluso tienen una Meta/Objetivo: “Ser la mejor Escuela de Entrenadores en CONCACAF en el 2021”, o en 20 años desde que comenzó a operar
Pero, sin que tenga yo la capacidad para definirlo, creo algo no está funcionando bien, si tomamos en consideración que ya van hacer 16 años que un entrenador nacional no es el Director Técnico de la Selección Nacional (los 3 períodos colombianos y el del Profesor Coito). Igualmente muy pocos entrenadores nacionales han salido campeones, entrenando equipos que no forman parte de las 4 potencias de la Liga, atreviéndome a mencionar al Profesor Héctor Castellón con el Honduras Progreso y eso, que su título lo obtuvo en México.

No creo que no exista un entrenador nacional para dirigir nuestra selección y, sin ir muy lejos, en la misma FENAFUTH trabaja el Ingeniero y Profesor Alexis Jiménez, a quien le confiaron dirigir interinamente una selección mayor a un juego contra Panamá y a Suramérica para jugar contra la Chile de Reynaldo Rueda. Ambos juegos hizo que yo escribiera un artículo que intitulé “AL FIN, ALGO NUEVO”. Si, fue sorprendente la idea táctica de cada uno de esos juegos, lo que me hizo pensar que no necesitábamos buscar un extranjero porque Jiménez lo hizo sorprendentemente bien. Pero que pasa con el Profesor Jiménez, lógico, desempeña tranquilamente un puesto administrativo en FENAFUTH que no lo hace preocuparse por el corte de chaleco si pierde un partido, sobre todo porque es hondureño. Ignoro si el Profesor Jiménez se licenció en la ENEFUTH, quiénes fueron sus maestros y qué experiencia previa tiene dirigiendo.

Aunque me he separado un poco del tema por el cual escribo, creí necesario exponer el contexto de un aspecto tan importante como lo es la Escuela (licencias D y C), el Colegio (licencia B) y la Universidad (Licencia A) por la cual deben obligatoriamente transitar nuestros entrenadores para licenciarse como Entrenador Nacional, Licencia A, con capacidad para entrenar en Liga Nacional y ser titulares o asistentes en una selección nacional.

Volviendo al tema original, pienso que la aplicación de los estatutos y demás normas que rigen la ENEFUTH, deben ser de obligatorio cumplimiento para todos los entrenadores, extranjeros y nacionales, sin importar a que equipo sirven o servirán. De igual manera, la ENEFUTH , después de 20 años de existencia, requiere de una buena profilaxis, sobre todo en las mallas curriculares de cada licencia que, increíblemente ya datan de esos mismos 20 años, porque dichas mallas forman parte de los estatutos y para cambiarlas, solo un Congreso Ordinario de FENAFUTH puede hacerlo. ¡¡¡Cuánto ha cambiado el fútbol en esas dos décadas!!!

Tegucigalpa Municipio del Distrito Central, domingo 11 de octubre del 2020.

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